Inspección Técnica del Barco
Al igual que los coches, los barcos tienen que pasar revisones para asegurar que la embarcación cumple las condiciones exigidas por ley.
Es responsabilidad del propietario de la embarcación el mantenimiento de la misma, según el Certificado de Navegabilidad.
Los plazos para pasar los reconocimientos son los siguientes:
Tipo de reconocimiento |
Lista |
Características |
Periodicidad |
Periódicos | 7ª | L < 6 m | Sin Caducidad |
Periódicos | 7ª | 6m <= L < 24m | Máximo 5 años |
Periódicos | 6ª | 2.5m <= L <24m | Máximo 5 años |
Intermedios | 6ª | L < 6 m | Entre el 2º y el 3er año siguientes al reconocimiento inicial o periódico |
Intermedios | 7ª | L >= 15 m | Entre el 2º y el 3er año siguientes al reconocimiento inicial o periódico |
Intermedios | 7ª | L >= 6 m (casco madera) | Entre el 2º y el 3er año siguientes al reconocimiento inicial o periódico |
Adicionales | Todas | 2.5m < L < 24m | Casos: Artículo 3D |
Extraordinarias | Todas | 2.5m < L < 24m | Casos: Artículo 3E |
Según la zona de navegación, esto es lo que se debe llevar a bordo:
Equipo y material de seguridad obligatorio a bordo (PDF)
Más información: oficina@cnh-hib.org 943 64 27 88